La misma fue presentada por el señor Agustín Teodori, con domicilio en Noetinger, en representación del señor Juan Manuel Teodori domiciliado en la localidad de Monte Buey. 

 

 

Agustín Teodori, D.N.I   6.614.369  domiciliado en Noetinger, en representación de Juan Manuel Teodori, D.N.I. N° 27.294.725  domiciliado en Monte Buey de esta provincia de Córdoba. En carácter denunciante principal actor civil querellantes damnificado en la causa que se tramita  ante el TRIBUNAL  de Marcos Juárez, juzgado de instrucción fiscalía  a cargo del Juez Sr. Fernando Epelde  PAYGES y secretarios. Ricardo Rinaldoni, sito en calle Lardizábal N° 1750  de esa ciudad, hace publica las siguientes denuncias: PRIMERA: radicada ante la dependencia de policía  unidad judicial de Marcos Juárez recepcionada por la señora Giraudo de fecha 12/02/2019 caratulada la causa  delito contra la propiedad actuaciones sumariales  N° 226359/19; SEGUNDA: ampliación de denuncia de fecha 11/03/2019 ante la fiscal de esa ciudad y ante testigos por la compra   de un  inmueble urbano lote n° 2, manzana n°61 de 235.78 Mts al cuadrado, ubicado en  Monte Buey, dicha operación de fecha 23/11/2018 fue realizada en la escribanía del Sr. Vacotto de la localidad de Monte Buey. Se observa  en el acta notarial Decreto Nº 3516/69 – A014869599 de fecha 23/11/2018; del presente boleto de compra que está registrado mal el nombre del comprador como así también las supuesta vendedoras tanto la Sra. Johana Inés Pavón y Melisa Luisa Pavón  de monte Buey no son las verdaderas  dueña o propietarias del terreno que venden, como también no se certificó la firma del Sr.Davino LEGITIMO DUEÑO DEL INMUEBLE, según informe de RENTAS; los CD enviados al Sr. Vacotto fueron todos negados por EL haciendo saber que no había tenido participación en el Boleto de Compra – Venta. A pesar de los reclamos no acreditaron pruebas de quien sería el real DUEÑO DEL TERRENO. A su vez el Sr. Davino se negó a  firmar la escritura traslativa de dominio a favor del nuevo comprador con  fecha 13/12/2018 ante testigo el vendedor. El Sr. DAVINO no devolvió   los $90.000 el 30% de seña que pagué en efectivo en el cual el recibo fue firmado por el Sr. Dondo Federico de la inmobiliaria en el que me ofrecieron el terreno; según boleto de compra venta de fecha 23/11/2018 se lo íntimo por C.D. para que regularizará la situación. A pesar de las negativas por parte de la FISCALIA, donde está radicada  la Causa, se hicieron llamados telefónicos, visitas, presentaciones, escritos etc. Ejemplo: día 30/05/2019 concurrimos con el denunciantes presentamos un escrito formal, nos atendió el señor Justo E. Sánchez RODRIGUEZ  “empleado”  de la Fiscalía solicitando la Calificación Caratula de la Causa y N° del Expediente para avanzar con la causa siendo negada en ese preciso momento, nos hace saber  que se había ARCHIVADO la causa y  nos enteramos en ese preciso momento  por  otra parte de una denuncia del señor DAVINO  se le pidió en ese momento  y se exigió que nos entregara copia de la Denuncia que había insinuado negando la misma, Como así también  el denunciante y querellante en la causa presento un escrito formal juntamente con el patrocinio representación de su abogado domiciliado en Marcos Juárez  solicitando el DESARCHIVO   de la causa  contra el señor DAVINO, negando dicho petitorio que había presentado con el abogado, no dándole lugar al escrito presentado por el mismo, estas negativas están registradas  antes testigos,videos,mensajes,audios, etc. todo de fecha  23/07/2019. TERCERA: formal penal radicada ante esa FISCALIA  de fecha 23/07/2019 contra el señor DAVINO  de la visitas hasta ese Juzgado de fecha 28/08/2019  no hay noticias al respecto Se le curso por vía telegráfica una carta documento de fecha 03/09/2019  con acuse recibo N° 014076812 recibido dicha pieza y firmada por el Sr. Daniel García en la cual del plazo estipulados no tengo noticias.

Se los intimo por un plazo de 72 hs a Fiscalía para que informen de la última denuncia radicada en ese lugar; por la cual hasta el día de hoy no han dado respuestas a pesar de nuestros legítimos reclamos vulnerando nuestros derechos.