tribunales

 

EDICTO

Marcos Juárez. En autos caratulados: “DELLAROSSA, CARLOS CESAR – USUCAPIÓN (Expte. 11635599) que tramita por ante el Juzgado de 1era. Instancia, 1era Nominación en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de Marcos Juárez, se ha dictado la siguiente resolución: Marcos Juárez, 07/09/2023. Téngase presente. Admítase la presente DEMANDA DE |USUCAPIÓN. Cítese y emplácese a la demandada sociedad N. Tiscornia Hermanos y Compañía para que en el plazo de veinte días comparezca a estar a derecho y tomar participación, bajo apercibimiento de rebeldía (art. 783 y 110 CPCC). Cítese y emplácese por edictos, a los terceros que se consideren con derecho al inmueble en cuestión, los que se publicarán por diez veces, a intervalos regulares dentro de un plazo de treinta días, en el “Boletín Oficial” y diario de esta localidad, a fin que concurran a deducir su oposición dentro de seis días subsiguientes al vencimiento de la publicación de edictos. Efectúese notificación directa a los terceros Hugo Hernán Robles, Alberto Osvaldo Robles y José César Avalle. Líbrese mandamiento a la Sra. Intendenta de la Municipalidad de Marcos Juárez, a fin de que coloque copia del edicto en las puertas de la Intendencia a su cargo, durante treinta días (art. 785 CPCC). Cítese al Procurador del Tesoro de la Provincia de Córdoba y Municipalidad de Marcos Juárez, para que en el plazo de cinco días, comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley (art. 784 inc 1 CPCC). Líbrese oficio al Oficial de Justicia de esta ciudad, a los efectos de que intervenga en la colocación de un cartel indicativo con referencias acerca de la existencia de presente juicio, en el inmueble de que se trata, el que deberá ser mantenido a cargo del actor, durante toda la tramitación del juicio (art. 786 Cód. Cit.). Cítese a los colindantes del inmueble que se trata de usucapir (art. 784 inc. 4 Cód. Cit) para que en el plazo de tres días comparezcan a tomar participación en autos, en calidad de terceros, a cuyo fin, publíquense edictos en los diarios mencionados precedentemente. Asimismo, cíteselos por cédula de notificación a los domicilios denunciados en autos, de conformidad a lo dispuesto por el art. 784 inc. 4 CPCC. Decreto firmado digitalmente por el Dr. José María Tonelli (Juez) y la Dra. Virginia Del Valle Saavedra (Prosecretaria Letrada) el día 07/09/2023. El inmueble objeto de usucapión, se describe, según plano, estudio de títulos e informe catastral, como: “…Una fracción de terreno ubicada en el Barrio El Panal de la ciudad de Marcos Juárez, Pedanía Espinillos, Departamento Marcos Juárez, que se designa como Lote N° 6, de la manzana N° 72, designación catastral 19-02-20-04-01-006 que mide: partiendo desde el esquinero Noroeste, designado vértice A y con rumbo Este- Sud 40,02 metros, hasta el vértice B; desde allí y con rumbo Sudoeste mide 55 metros hasta el vértice C; luego con rumbo Oeste Norte mide 40,01 metros, hasta el vértice D, por último y cerrando el polígono con rumbo Nor- Este, hasta el vértice A, mide 55,00 metros, encerrando una superficie de 2.200 m2 que linda: al Noreste con calle Juan Cruz González, al Sudeste con Parcela 003, empadronada bajo la cuenta N° 19-02-2-506-459-1 de Horario Baretta, matrícula 714.799, al Sudoeste con Avda. Santa Fe y al Noroeste con calle Gato y Mancha. Nomenclatura Catastral municipal N° 04-01-033-001 y Rentas Municipal en cuenta N° 19-02-2275261/6 (a nombre de Hugo Hernán Robles). Afectación parcial (mayor superficie) en asiento genérico N° 366, Folio 233 del año 1914 (punto 3°). Titular registral: N. Tisconia Hermanos y Compañía. Poseedor: Carlos César Dellarossa, DNI 25.321.667.