El Juzgado de Control de Río Cuarto lo desincriminó del uso de documento público y privado falsos, con relación al DNI y al carnet profesional.

  Sigue acusado de homicidio, lesiones graves, ejercicio ilegal de la medicina y defraudación.

  El Municipio del “Imperio” Cordobés apeló el fallo.

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El Juzgado de Control de Río Cuarto sobreseyó en parte a Ignacio Nicolás Martín, el joven que a fines de 2020 protagonizó un verdadero escándalo al ejercer como médico en el COE y en el Municipio sin tener los conocimientos necesarios ni título habilitante. El 30 de diciembre de 2021 la jueza Luciana Alba hizo lugar al requerimiento del fiscal de Instrucción Pablo Jávega, que había pedido desincriminarlo por los hechos de uso de documento público y privado falsos, con relación a las copias de DNI y del carnet profesional que oportunamente había presentado ante la Secretaría de Salud local. Por su parte, el Municipio, querellante en la causa, apeló la medida y ahora debe resolver la Fiscalía de Cámara.

El criterio de los magistrados es que no cabe recriminarle a Ignacio Martín ninguno de los dos delitos mencionados porque nunca utilizó documentos originales y por lo tanto no se pudo comprobar que los hubiera adulterado. En el escrito, sostienen que la ley no penaliza a quien usa copias o papeles sin valor legal.

El fallo de sobreseimiento parcial a Martín data del último día hábil judicial del año pasado. Con la firma de la jueza Luciana Alba y la secretaria María Del Franco, la sentencia ordena el sobreseimiento del imputado Ignacio Martín para dos de los siete delitos de los que se lo acusa.

Vale tener en cuenta que el “médico trucho” está sometido a prisión preventiva y todavía enfrenta los cargos de homicidio simple por dolo eventual, lesiones graves, ejercicio ilegal de la medicina, defraudación calificada y defraudación calificada en grado de tentativa, todo en concurso real.

La sentencia

En la resolución 190 del 30 de diciembre de 2021, la magistrada Luciana Alba, por entonces a cargo del Juzgado de Control Río Cuarto dispuso sobreseer parcialmente al falso médico, en el marco de los autos caratulados “Martín; Ignacio Nicolás por supuesto autor de falsificación de documento público, etc.”.

La sentencia de primera instancia dispone “el sobreseimiento parcial de la presente causa en favor de Ignacio Nicolás Martín por el delito de uso de documento público falso agravado reiterado y uso de documento privado falso”.

Pero no hay sentencia firme. El primer día hábil tras la feria judicial, el Municipio presentó un recurso de apelación contra de la desincriminación de Martín por los dos cargos mencionados.   Así lo confirmaron fuentes del gobierno de Río Cuarto y de la Justicia.

Ahora tiene que resolver la Fiscalía de Cámara de Acusación de Río Cuarto.

Requerimiento del fiscal

La desincriminación parcial de Martín fue a instancias de un requerimiento del fiscal de Instrucción de primer turno, Pablo Jávega, que entiende en la causa, tras llegar a una situación de “duda insuperable en favor del imputado Ignacio Nicolás Martín por los delitos atribuidos, calificados como uso de documento público falso agravado reiterado y uso de documento privado”.

Explicó en la requisitoria que los instrumentos que presentó el médico trucho ante el Municipio, con la meta de convertirse en proveedor de servicios de salud fueron apenas “una simple fotocopia de un documento público falso –cuyo número de DNI pertenecía al de otra persona-, pero no un Documento Nacional de Identidad falso propiamente dicho, razón por la que no corresponde otorgar fe pública a la aludida fotocopia, por no presentar los signos necesarios de autenticidad que se requieren para su consideración como instrumento público”.

En el mismo sentido, el fiscal explica que la imputación primigenia no se pudo sostener por falta de prueba: “Al no contar la investigación con la documentación original o certificada de ésta, su utilización no constituye la conducta atribuida en los albores de la investigación, en ese rumbo la doctrina establece en relación a la adulteración de documento verdadero”.

“No son instrumentos públicos”

El mismo criterio manifestó la jueza de control Alba en la sentencia, en la que esgrime la siguiente argumentación: “Cabe concluir que las referidas copias no constituyen instrumentos públicos por no presentar los símbolos de autenticidad que se requieren para su consideración como tal y ser portador de la fe pública. Dicha circunstancia permite afirmar la atipicidad de la conducta atribuida al traído a proceso. En ese sentido hay destacada doctrina que indica que ‘la copia simple de los documentos públicos, es decir, aquella a la que no se le han agregado los signos de autenticidad legalmente requeridos, no es objeto material del delito’”.

La jueza de control entiende además que “igual destino por atipicidad cabe dar al ilícito calificado como uso de documento privado falso, respecto del cual las conductas que se atribuyen al encartado Martín contenida en los hechos descriptos en la plataforma fáctica, hacen referencia a la utilización de una copia fotostática de un carnet profesional apócrifo, de apariencia verdadera a los que otorga el Consejo de Médicos de la Provincia de Córdoba que figuraba a su nombre”.

Es decir que también se lo sobresee por esa segunda acusación, tal como había solicitado el fiscal.

Los hechos

Martín había presentado en la Secretaría de Salud Municipal una copia modificada del DNI número 40.450.527, perteneciente Brian Joel Ortiz, cuando desde el área lo asesoraban con los trámites para convertirse en proveedor del Estado local.

Allí mismo habría invocado la matrícula de médico profesional 42678/9, que luego se comprobó pertenecía a Alyssa Yasmine Goncalves. En ninguno de los dos casos presentó los originales, que tampoco fueron hallados por la Justicia, y eso terminaría favoreciéndolo -al menos por ahora- en el proceso en su contra.

Habría actuado de esa forma en más de una oportunidad, entre octubre y diciembre del año 2020, en plena pandemia.

Poco tiempo después, prestaría servicios en el S24. También lo haría en el Ente de Control y Prevención Ciudadana.